Avisos CP90 y CP297 del IRS
La respuesta corta
Los avisos CP90 y CP297 son avisos finales de embargo con derecho a una audiencia de debido proceso de cobro (CDP, por sus siglas en inglés). La página del IRS de cada uno dice que el IRS tiene la intención de embargar ciertos bienes por impuestos sin pagar y le informa de su derecho a esa audiencia, que se pide con el Formulario 12153. Según 26 U.S.C. 6330, el IRS debe darle este aviso al menos 30 días antes del primer embargo, y el plazo de 30 días para pedir la audiencia empieza con el aviso. Fuentes: IRS, Understanding your CP90 notice y IRS, Understanding your CP297 notice (en inglés; el IRS no las tiene en español), 26 U.S.C. 6330.
Qué significan los avisos
| Punto | Lo que dicen el IRS y la ley |
|---|---|
| Qué son | Aviso de intención de embargar ciertos bienes, más aviso de su derecho a una audiencia de debido proceso de cobro |
| Cómo pedir la audiencia | Formulario 12153 (SP); la página del CP90 dice que envíe documentos con la herramienta del IRS para subir documentos, usando el código de acceso de su aviso, o por correo a la dirección del aviso |
| Plazo | 30 días: la ley exige el aviso al menos 30 días antes del primer embargo y le da ese plazo de 30 días para pedir la audiencia (26 U.S.C. 6330(a)) |
| Pagos federales | El Programa de Embargo de Pagos Federales del IRS envía el CP90 o el CP297 cuando un pago federal que usted va a recibir (como ciertos beneficios del Seguro Social, una jubilación federal o una jubilación militar) coincide con una cuenta sin pagar, si no se ha enviado otro aviso final |
| Cantidad del embargo | Hasta 15% de cada uno de esos pagos, de forma continua hasta pagar la deuda o hacer otro arreglo; hasta 100% en pagos a contratistas federales y proveedores de Medicare (26 U.S.C. 6331(h)) |
| Pasaporte | La página del CP90 advierte que quizá no pueda recibir ni renovar un pasaporte si tiene una deuda tributaria gravemente morosa |
| Páginas revisadas (inglés) | CP90: 6 de noviembre de 2025; CP297: 21 de noviembre de 2025 |
Estos avisos cumplen la misma función legal que el LT11 y la carta 1058: son el aviso de intención de embargo con su derecho a una audiencia que, según las preguntas frecuentes del IRS, debe llegar antes de cualquier embargo de salario o cuenta bancaria. Un aviso CP504 no da estos derechos; un CP90 o un CP297 sí. La página del IRS sobre el Programa de Embargo de Pagos Federales (en inglés) dice que si el IRS no sabe de usted dentro de 30 días desde la fecha del aviso final, envía el embargo de forma electrónica. El límite de 15% está en 26 U.S.C. 6331(h).
Qué hacer
- Anote la fecha del aviso y cuente 30 días.
- Pague lo que pueda ahora o solicite un plan de pagos; la página del CP90 menciona los planes de pagos y el ofrecimiento de transacción como opciones.
- Si quiere la audiencia, llene el Formulario 12153: marque la casilla de embargo, explique su motivo y la alternativa que propone, y adjunte una copia del aviso.
- Envíelo con la herramienta para subir documentos y el código de acceso de su aviso, o por correo a la dirección del aviso, dentro de los 30 días. Guarde prueba de la fecha.
- Si vive del Seguro Social o de otro pago federal, dígalo en el formulario; para alegar dificultad económica necesita el Formulario 433-A con sus ingresos y gastos.
- Si se le pasaron los 30 días, preséntelo de todos modos y marque la casilla de audiencia equivalente (un año desde la fecha del aviso).
Lo que estos avisos no significan
- No significan que el embargo ya empezó. La ley le da 30 días antes, y una solicitud de audiencia a tiempo detiene el embargo en la mayoría de los casos mientras Apelaciones revisa el caso (instrucciones del Formulario 12153).
- No le quitan el derecho a disputar el saldo si nunca tuvo antes la oportunidad de hacerlo; plantéelo en el Formulario 12153.
Si recibe beneficios federales y tiene pocos ingresos más, una Clínica para Contribuyentes de Bajos Ingresos puede presentar el Formulario 12153 y pedir el estado de dificultad económica gratis si usted reúne los requisitos. Vea también Cómo entender su carta o aviso del IRS.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es la diferencia entre el CP90 y el CP297?
Las páginas del IRS los describen igual: intención de embargar ciertos bienes, con derecho a una audiencia de debido proceso de cobro con el Formulario 12153.
¿Cuánto tiempo tengo?
30 días. La ley 26 U.S.C. 6330 exige el aviso al menos 30 días antes del primer embargo y le da ese plazo para pedir la audiencia.
¿Puede el IRS embargar el Seguro Social?
Sí, ciertos beneficios del Seguro Social están en la lista del IRS de pagos federales que puede embargar. En esos beneficios, el embargo continuo toma hasta 15% de cada pago según 26 U.S.C. 6331(h).
¿El CP90 es lo mismo que el LT11?
Tienen la misma función: son el aviso final con derecho a audiencia de debido proceso de cobro antes de un embargo. El número cambia; los derechos y el plazo de 30 días son iguales.